de

San Rafael

¿Qué pasa si no voy a votar?

Domingo, 26 de Octubre de 2025

No asistir a votar en las elecciones puede tener consecuencias administrativas que van más allá de una simple multa. De acuerdo con el Código Electoral Nacional, quienes no concurran a las urnas deberán justificar su ausencia dentro de los 60 días posteriores a los comicios. En caso de no hacerlo, quedarán registrados como infractores en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

Actualmente, la multa por no votar varía entre 1.000 y 2.000, dependiendo de la cantidad de faltas previas. A mayor número de inasistencias, mayor será el monto a pagar. Si bien el valor económico no es elevado, el hecho de figurar como infractor puede dificultar la realización de trámites como la renovación del pasaporte, la solicitud de documentos ante organismos del Estado o incluso el acceso a cargos públicos.

Para justificar la ausencia, los ciudadanos deben ingresar al sitio del Tribunal Electoral de su jurisdicción y presentar la documentación correspondiente. Las excepciones reconocidas por la Cámara Nacional Electoral incluyen:

- Jueces y auxiliares judiciales con funciones durante el acto electoral.

- Personas a más de 500 km de su lugar de votación, con constancia policial.  

- Ciudadanos con enfermedad o impedimentos físicos, acreditados con certificado médico.  

- Personal de servicios públicos esenciales que deba cumplir funciones ese día.

Toda la documentación debe subirse a la web oficial de la CNE para evitar sanciones.

Más allá de las posibles multas, asistir a votar es una responsabilidad cívica. Cumplir con este deber no solo fortalece la democracia, sino que también evita complicaciones legales y administrativas futuras.